Se establece una nueva estructura de bonificaciones y recargos de la facturación, para consumos no superiores a 25 kWh, sin discriminación horaria (DH) y potencia igual o inferior a 15kW:
- NUEVO: Los primeros 12.5 kWh de cada mes tendrán el Término de energía (Te) gratuito.
- A los consumos comprendidos entre 25 kWh y 1.000 kWh se les aplicará el precio del Término de Energía establecido en la Orden.
- Los consumos que excedan los 500 kWh en un mes tendrán un recargo en el Término de Energía de 0,027403€/kWh a partir de julio de 2008 (en enero el recargo era de 0,0134€/kWh y se aplicaba a los excesos a partir de 1.100 kWh).
Por otra parte, también se producen, a partir del 1 de julio otras dos novedades importantes:
- Se crea una Tarifa Social, contratable, previo cumplimiento de los requisitos establecidos, en la ley a partir del 1 de julio de 2008.